El decreto Nº 2346/24 fechado el 28 de agosto y publicado este viernes en el Boletín Oficial de Entre Ríos concluye el sumario administrativo al agente del Ministerio de Salud, Guillermo Nicolás Oneto, trabajador del Hospital “Ramón Carrillo” de Concordia, por sus inasistencias injustificadas durante la campaña electoral de 2019 en la ciudad.
El decreto firmado por el gobernador Rogelio Frigerio y el ministro de Salud, Guillermo Grieve, le aplicó una sanción de 10 días de suspensión sin goce de haberes.
Oneto acompañó la candidatura a intendente de Eduardo Asueta como segundo suplente en la lista de concejales de “Nueva Concordia”. Al anunciar el espacio, lo habían presentado como “referente social, profesor de Educación Física y Equinoterapia”.
Según reseña el decreto, faltó los días 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 15, 16 y 17 de abril de aquel año. Había avisado que lo haría, por su candidatura a concejal. Pero le reprocharon que no justificó las ausencias “como debía”.
El 29 de abril le iniciaron las actuaciones disciplinarias. Oneto presentó una nota informando su postulación. Le contestaron que la licencia no se hizo de la forma correcta. Entonces presentó otra nota y una boleta como respuesta a lo solicitado por el Hospital. Asistido por un abogado, prestó su declaración en el sumario.
Desde el área de Recursos Humanos del Centro de Salud advirtieron que no justificó como debía la licencia y que lo hizo un año después. Lo mismo dijo la directora de la entidad.
En su defensa, alegó la prescripción de la falta, ya que el decreto que ordenó el sumario fue fechado el 8 de septiembre de 2021, más de dos años después. Pero el Ministerio justificó que en 2020 y 2021 debido a la pandemia estaban suspendidos plazos administrativos.
De todas maneras, el gobierno tuvo en cuenta que los hechos “deben ponderarse en forma integral, atendiendo a las circunstancias” y valoraron como atenuantes que Oneto carecía de antecedentes disciplinarios, que no incurrió en nuevas inasistencias injustificadas y que ya se le descontaron los días de inasistencia.
Sin embargo, el Ministerio consideró necesaria la “aplicación de una medida correctiva” para “encauzar la conducta incumplidora del inculpado” para que inicie un “camino de aprendizaje y reflexión que le evite perder su fuente de trabajo”.
Finalmente, casi cinco años y medio después de aquellas ausencias por campaña, debe cumplir 10 días de sanción sin pago.